martes, 30 de mayo de 2023
Inmuebles

¿Qué es el IBI?


El impuesto de bienes inmuebles o IBI es un tributo local en España que grava la posesión de propiedades urbanas y rústicas. Se calcula según el valor catastral del inmueble y varía en función del tipo impositivo fijado por cada ayuntamiento. Los propietarios de viviendas, terrenos, garajes y locales comerciales deben abonar este impuesto anualmente, lo que contribuye al financiamiento de los servicios públicos locales.

¿Cómo se calcula el impuesto de bienes inmuebles?

Para calcular el IBI, el ayuntamiento fija cuánto se debe pagar por los inmuebles en su territorio, dentro de ciertos límites. Al valor catastral del inmueble se le aplica un coeficiente que varía entre el 0,4% y el 1,3% para los inmuebles urbanos.

Para conocer el valor catastral de una vivienda, se puede consultar en el catastro o en el recibo del IBI que se recibe cada año el propietario.

Hay diferencias importantes entre los municipios, según si se trata de una capital de provincia o de los servicios públicos que ofrecen.

¿Qué inmuebles están exentos del impuesto de bienes inmuebles?

Algunos inmuebles están exentos del pago del IBI según la ley:

  • Como los inmuebles propiedad del estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales relacionadas con la seguridad ciudadana o con los servicios educativos.
  • Los bienes propiedad de la Iglesia católica.
  • Los inmuebles del Estado dedicados a la defensa nacional.
  • Los inmuebles de la Cruz Roja
  • Las sedes diplomáticas de otros países.
  • Los catalogados como patrimonio histórico.
  • Los inmuebles antiguos de las grandes ciudades o los pertenecientes a asociaciones confesionales no católicas legalmente reconocidas.
  •  Los terrenos ocupados por líneas de ferrocarril y edificios construidos en ellos.


¿Quién tiene que pagar el impuesto de bienes inmuebles?

La mayoría de los propietarios de inmuebles, como pisos, locales comerciales o garajes, están obligados a pagar este impuesto de forma anual. En resumen, el IBI se paga cada año por el que sea el propietario del inmueble a 1 de enero.

Descuentos en el abono del IBI

El impuesto del IBI tiene ciertas bonificaciones generales, como el destinado a las viviendas de protección oficial (VPO), que disfrutan de una reducción del 50% durante los primeros tres años, y los bienes rústicos de las cooperativas agrarias, que tienen derecho a una bonificación del 95%.

Además, cada ayuntamiento puede establecer bonificaciones adicionales en su reglamento municipal, como es el caso de Madrid para las familias numerosas.

También, algunos ayuntamientos aplican un descuento a los que domicilian el pago del recibo en el banco. Este método permite ahorrar la cuota a pagar.

¿Dónde y cómo se paga el IBI?

Es el ayuntamiento del municipio donde se encuentra el inmueble el que fija la forma de pago, así como los plazos. No obstante, existen diversas formas:

  • Pagarlo por internet, a través de la página web del ayuntamiento.
  • Domiciliar el pago para efectuarlo automáticamente.

Realizar el pago en persona en el ayuntamiento o en los establecimientos designados por el mismo.

¿Por qué varía el importe a pagar del IBI cada año?

El importe del IBI puede variar cada año debido a cambios en el valor catastral y el tipo impositivo. Esto se debe a las variaciones del valor de mercado de los inmuebles que pueden afectar el valor catastral. Además, cada ayuntamiento puede establecer su propio tipo impositivo.

¿Cuándo es el plazo para pagar el IBI?
El plazo para pagar el IBI varía en función de cada ayuntamiento, que establece sus propios plazos. No obstante, este impuesto es anual, lo que significa que se debe abonar cada año. Por ejemplo, en Madrid el periodo de pago se sitúa entre el 1 de octubre y el 2 de diciembre, mientras que en Barcelona va del 1 al 30 de junio.

¿Quién asume el pago del IBI al vender una vivienda?

La persona que sea dueña de la propiedad el 1 de enero deberá abonar el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) correspondiente a ese año. Si se produce una venta a lo largo del año, la cuota debe ser pagada por el propietario del inmueble el primer día de cada anualidad.

En el caso de una vivienda alquilada, ¿quién paga el IBI?

Normalmente, el propietario del inmueble debe hacerse cargo del pago del IBI, pero si se establece en el contrato de arrendamiento, puede repercutirse en el inquilino.


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